Un Dictamen de Extracción no Perjudicial de una especie incluida en los Apéndices I y II es el resultado de una evaluación basada en datos científicos que permite verificar si una exportación propuesta es perjudicial para la supervivencia de esa especie o no.
En definitiva es un análisis de riesgo basado en la mejor información científica disponible. Este análisis puede realizarse en gabinete si se dispone de una información científica sólida, actual y capacidad de interpretación de la misma. Si esto no ocurre habrá que recurrir a completar las lagunas de información, por ejemplo sobre distribución y tamaño de poblaciones, con estudios en campo.
Se trata de tomar una decisión sobre si la retirada de una cantidad de especímenes del medio silvestre puede suponer un riesgo para la especie o si esta extracción es sostenible.
Diversas presentaciones generales fueron realizadas durante el Taller de Expertos Internacionales sobre Dictámenes de Extracción no Perjudicial (Cancún, México, 2008) que se recomienda consultar y que se reseñan a continuación:
Los Dictámenes de Extracción no Perjudicial de la CITES en contexto por David Morgan Texto Presentación
CITES – Lista UICN: ejemplo de un medio para asistir en la preparación de Dictámenes de Extracción no Perjudicial por Alison Rosser Texto Presentación
Teoría de la cosecha: relevancia para los Dictámenes de Extracción no Perjudicial por Nigel Leader-Williams Texto Presentación
Recursos y formas de evaluación para plantas medicinales y aromáticas por Uwe Shippmann Texto Presentación